“Artículo 1. Era costumbre en los
antiguos persas pasar cinco días en
anarquía después del fallecimiento de su
rey, a fin de que la experiencia de los
asesinatos, robos y otras desgracias les
obligase a ser más fieles a su sucesor.
Para serlo España a V.M. no necesitaba
igual ensayo en los seis años de su
cautividad, del número de los españoles
que se complacen al ver restituido a V.N.
el trono de sus mayores, son los que firman
esta reverente exposición con el
carácter de representantes de España;
mas como en ausencia de V.M. se ha
mudado el sistema que regía al momento
de verificarse aquélla, y nos hallamos al
frente de la nación con un Congreso que
decreta lo contrario de lo que sentimos y
de lo que nuestras provincias desean,
creemos un deber manifestar nuestros
votos y las circunstancias que los hacen
estériles, con la concisión que permita la
complicada historia de seis años de
revolución.”
“Artículo 134. La monarquía absoluta es una obra de la razón y de la inteligencia, está subordinada a la ley divina, a la justicia y a las reglas fundamentales del Estado; fue establecida por derecho de conquista, o por la sumisión voluntaria de los primeros hombres que eligieron a sus reyes. Así que el Soberano absoluto no tiene facultad de usar sin razón de su autoridad (derecho que no quiso tener el mismo Dios); por esto ha sido necesario que el poder soberano fuese absoluto, para prescibir a los súbditos todo lo que mira al interés común, y obliga a la obediencia a los que se niegan a ella. […] Los más sabios políticos han preferido esta monarquía a todo otro gobierno, […].
No pudiendo dejar de cerrar este respetuoso Manifiesto en cuanto permita el ámbito de nuestra representación y nuestros votos particulares con la protesta de que se estime siempre sin valor esa constitución de Cádiz y por no aprobada por V.M. ni por las provincias […], que piden la previa celebración de unas cortes españolas legítimamente congregadas en libertad y con arreglo a las antiguas leyes”.
El Manifiesto de los Persas. Madrid, 12 de abril de 1814.
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Página Inicial del documento conocido como Manifiesto de los Persas (1814) |
CLASIFICACIÓN: Nos encontramos ante una fuente primaria de naturaleza histórico-circunstancial, de carácter político. Se trata del conocido como Manifiesto de los Persas, su autoría es colectiva y fue firmado por unos 69 diputados realistas. El documento a lo largo de diferentes artículos (de los que aquí se exponen el Artículo 1 y el Artículo 134), trata de justificar el rechazo al liberalismo y la vuelta a un régimen absolutista. Su carácter es público y su destinatario la nación española. Su redacción se produce en Abril de 1814, cuando tras la derrota de las tropas napoleónicas, la Cortes de Cádiz regulan la vuelta de Fernando VII “el deseado” al trono de España y su acatamiento de la Constitución de 1812.
ANÁLISIS: La idea principal que se esgrime en el texto es la justificación de la monarquía absoluta frente a la ideología liberal. No obstante se exponen otras ideas secundarias, objeto de análisis como las siguientes.
El texto, comienza en su Artículo 1 con la célebre frase “Era costumbre de los antiguos persas”. Cita que da nombre al documento como Manifiesto de los Persas. En ese primer artículo, compara los seis años de su cautiverio en Francia por parte de Napoleón, en los que se había forjado un régimen liberal, con la anarquía.
En el Artículo 134, se esgrimen las ideas más importantes del texto que tratan de justificar la monarquía absoluta. Así en primer trata de justificar la monarquía absoluta como “obra de la razón y la inteligencia”, utiliza en su justificación ideas esgrimidas por autores defensores de la monarquía absoluta como Bossuet, que cree que los reyes son depositarios o ministros de Dios sobre la Tierra; o ideas que provienen del derecho natural (iusnaturalismo) de origen laico como “sumisión voluntaria de los primeros hombres” que deriva del pensamiento de Hobbes.
En el mismo artículo se pide que “se estime sin valor esa Constitución de Cádiz”, con esta frase se suspende la Constitución vigente así como toda su labor legislativa desde 1812. Por último pide convocar unas Cortes conforme a las “antiguas leyes”, lo que no deja lugar a dudas de una vuelta al Antiguo Régimen, es decir, la monarquía absoluta.
COMENTARIO: Tras la invasión napoleónica en 1810, Fernando VII es capturado y obligado a abdicar en Bayona, cediendo el poder a Napoleón, quedando preso en Valençay. En ese momento, ante el vacío de poder, comienzan a organizarse Juntas Revolucionarias por toda España contra el poder extranjero, comandado por Napoleón. Frente al poder francés, representado por José I Bonaparte, en la Isla de San Fernando de Cádiz, se organizan unas Cortes representativas, que por medio de la Constitución de 1812 establecen un sistema liberal que entre sus primeras medidas se establece el fin del Antiguo Régimen, un sistema representativo con sufragio universal censitario e indirecto, libertades como las de imprenta o industria, el derecho a la propiedad o la abolición del señorío entre otros.
Tras la derrota de las tropas napoleónicas en la Batalla de los Arapiles y la expulsión de José I Bonaparte, Napoleón firma el Tratado de Valençay por el que devuelve el trono de España a Fernando VII. En esos momentos comienza un momento de gran expectación en España, Fernando VII era “el deseado” por todos los españoles. Los liberales deseaban que ratificara la Constitución de 1812 que reconocía una soberanía compartida Rey y Cortes y continuara con el nuevo régimen que había luchado contra la invasión extranjera, pero al tiempo existía una oposición realista y afín al Antiguo Régimen, entre los que se encontraba una clase nobiliaria conservadora, el ejército, así como el clero, además de los campesinos que habían sido perjudicados ya que la abolición de los señoríos, hacía necesario arrendar las tierras y pagar impuestos por ellos, el lugar del pago de un usufructo al noble como antiguamente, también los gremios se vieron perjudicados aunque en menor medida por la presión fiscal y la libertad de industria, los que apoyaban la vuelta al Antiguo Régimen aclamaban al Rey bajo el lema “¡Vivan las Cadenas!”
A la llegada del Rey a Valencia, los opositores le presentan este documento, que servirá para contar con el apoyo del monarca en el golpe de Estado del 4 de Mayo de 1814, que dará lugar al fin de la primera experiencia liberal en España, a la abolición de la Constitución de 1812 y toda su labor legislativa y la consiguiente vuelta al Antiguo Régimen iniciando el periodo que se conocerá como “Sexenio Absolutista”.
CONCLUSIONES: La importancia del texto radica en que señala el fin del primer periodo constitucional de la Historia en España, sin embargo su valoración por la historiografía ha sido muy desigual y desde muy distintas perspectivas.
Para la historiografía tradicional representada por F. Suárez el Manifiesto de los Persas significa “una renovación, dentro de la tradición”, queriendo ver en el documento una tercera vía entre el Constitucionalismo y el Absolutismo. Sin embargo, otras posiciones más renovadoras como las de J. Tussell “este manifiesto no encerraba un programa propio ni una tercera vía” por lo que no sería más que una justificación para el golpe de Estado que llevaría a la restauración del Absolutismo. Un paso más da J. Fontana que afirma que “es perfectamente sabido que el manifiesto no sirvió más que para cohonestar el golpe de estado de mayo de 1814 […] no merece, por tanto, el trabajo de analizarlo ni de tomárselo en serio” aduciendo que no presenta ni programa, ni consigna, ni siquiera ideología política.
Algunas de las reformas que se pedían en el Manifiesto de los Persas, cayeron olvidadas en un saco roto una vez iniciada la restauración del Absolutismo. Las Cortes nunca fueron convocadas como pedía el documento y en definitiva este nunca volvió a ser citado.