Comentario de Texto Histórico. Capitulación de Teodomiro o Tudmir. Historia de España

por Nov 24, 2014Sin categoría2 Comentarios

Comentario de Historia sobre la Capitulación de Teodomiro o Tudmir que es uno de los legados más importantes de la Edad Media española que muestra una de las formas de conquista utilizada por los musulmanes.

Comentario de Historia. Capitulación de Teodomiro o Tudmir


“En el nombre de Dios, clemente y misericordioso. Escritura de Abd al-Aziz a Tudmir, en virtud de la cual queda convenido y se le jura y promete por Dios y su Profeta que: tanto a él como a cualquiera de los suyos se les dejará en el mismo estado en que se encuentren respecto al dominio libre de sus bienes: no serán matados ni reducidos a esclavitud, ni separados de sus hijos o de sus mujeres, se les permitirá el culto de su religión y no serán incendiadas sus iglesias ni privadas de sus propiedades. Todo ello siempre que observe y cumpla fielmente todo lo que pactamos con él: que librará por capitulación las ciudades de Orihuela, Villena, Mula, Alicante y Lorca; que no dará hospitalidad a los que huyan de nosotros, ni a los que nos sean hostiles, ni molestará a los que nos sean fieles o estén bajo nuestra protección, ni nos ocultará las noticias que tenga de nuestros enemigos; y que él y los suyos pagarán cada año un denario, cuatro admuds de trigo, cuatro de cebada, cuatro de vino, cuatro de vinagre, dos de miel y dos de aceite”.

Nos encontramos ante un texto de
carácter jurídico, a pesar de su título “Carta de Protección”, podemos decir
que se trata de un pacto de Capitulación entre el Emir Abd al-Aziz y Teodomiro,
jefe político de una región del sureste español. El tema del texto es
fundamentalmente político y trata de fijar las condiciones tanto políticas como
económicas del pacto.

Está datado en el año 713,
durante los primeros años de la invasión islámica y aunque posiblemente esté
redactado por otra persona, podemos atribuir la autoría a Abd al-Aziz. Se trata
por tanto de un pacto de carácter público y de alcance nacional.

En un primer momento nos detendremos
en analizar las palabras cables del texto:

Abd al-Aziz: es el hijo de Musa ibn Nusayr fue emir de Córdoba
entre el 714 y 716.

Tudmir: es el nombre islamizado de Teodomiro de Orihuela, en textos
posteriores también se refiere a la región territorial que administrara
Teodomiro.

Dios y su Profeta: Se
refiere a Alá y Mahoma, trata de conferir un carácter sagrado a la palabra del
emir Abd al-Aziz.

Religión: Se refiere al cristianismo, al que el Corán guarda
respeto por ser una de las religiones del libro.

Capitulación: Se refiere a la rendición y sometimiento a la
administración islámica.

Orihuela, Villena,
Mula, Alicante y Lorca:
Se
refiere a las ciudades que pertenecían a Tudmir.

El texto no viene a ser otra cosa
sino un Pacto de Capitulación, entre el emir Abd al-Aziz y un jefe visigodo,
Teodomiro de Orihuela. Debemos decir que durante los años de conquista
islámica, el poder musulmán siempre prefirió la capitulación a la dominación
militar. Existieron dos formas de capitulación Shul que implicaba la sumisión al poder musulmán y el Ahd que permitía cierta independencia
al territorio frente al emirato. En este caso se trata de una capitulación de
tipo Shul, ya que no se ofrece a Teodomiro ningún tipo de autonomía política.
Sin embargo, si deja ciertas libertades, como el libre dominio de las
posesiones o el libre ejercicio de la religión cristiana. Esto no constituye
ninguna excepción ya que el Corán imponía el respeto a las religiones del
libro, es decir, tanto cristianos como judíos, a partir de este momento serán
considerados dhimmies lo que implica el respeto de sus vidas, posesiones,
leyes, costumbres y religión. A continuación se detallan las ciudades, que bajo
mandato de Teodomiro, pasarán a la administración del Emirato de Córdoba como
son Orihuela, Villena, Mula, Alicante y Lorca. Este Pacto no sólo tenía una
compensación territorial sino también económica ya que impone el pago de
impuestos, en concepto de parias anuales, que serán de forma individual un
dinar y cuatro almudes de cebada, cuatro de vino, cuatro de trigo, dos de miel
y dos de aceite. Además de estos impuestos deberían pagar otros dos, que
seguramente son obviados en el texto por ser bastantes conocidos como el chizya, que se aplica a las personas, y
el jarach que se aplicaba a las tierras
y eran obligados para todos los dimmies.

A modo de conclusión, podemos
decir que se trata de un texto objetivo, debido a su carácter jurídico y veraz,
ya que aunque no se conserva el texto original ha llegado a nosotros a través
de diferentes fuentes de la historiografía islámica.

2 Comentarios

  1. Pero esta no es la batalla de Covadonga

  2. Existen dos versiones de la Batalla de Covadonga