«El converso Fulan ibn Fulan, estando con salud y jurídicamente capaz en pleno dominio de su inteligencia y razón, invoca la declaración de los testigos de este acta sobre [el hecho de] que abandona la religión cristiana, que rechaza, y entra en la religión del islam, que prefiere [a la anterior].
Atestigua que no hay más Dios que Allah, el único, el que no tiene copartícipes; que Muhammad es su siervo, su enviado y el sello de sus apóstoles; que el Mesías Jesús, hijo de María -que Dios bendiga y salve- es su enviado, su verbo y su aliento que mandó a María.
Se ha purificado para [recibir] el islam y ha rezado. Reconoce las normas del islam: la ablución, oración, limosna legal, ayuno del mes del Ramadán, la peregrinación a la Casa [santa] -para todo el que pueda-, conociendo sus límites y momentos. Se ha convertido de buen grado, tranquilamente, sin temor a nada, ni por aversión [de algo], ni esperar recompensa alguna, en presencia de Fulano.
[Los testigos] que le reconocen y se lo han oído, dan fe del testimonio del converso Fulan ibn Fulan, aducible en contra suya, sobre cuanto ha sido mencionado en este escrito, después de que ha reconocido haberlo comprendido en su totalidad y haberse obligado a cuanto contiene. El [converso] se halla en el estado supra descrito y este [acta] se establece con fecha […].»
Formulario notarial de Ibn al-Attar, siglo X.
CLASIFICACIÓN: Nos encontramos ante un documento de naturaleza jurídica, se trata de un acta notarial redactada por Ibn al-Attar, Del autor sabemos que fue un sabio jurista y muy conocido notario en el época del Califato de Córdoba, de este modo sabemos que este documento fue redactado durante el siglo X. La intención del autor, es dar fe de la conversión de Fulan ibn Fulan al Islam, el documento tendría un carácter público y estaría destinado a los ciudadanos de Córdoba.
ANÁLISIS: La idea principal del texto, es dar fe de la conversión al Islam de Fulan ibn Fulan. Tratándose de un documento de tipo jurídico, cumple con algunas de las formalidades de los documentos contractuales de tipo privado, y que formarían parte de las ideas secundarias de este texto, que esgrimiremos a continuación.
En el primer párrafo, se indica que Fulan ibn Fulan, actúa en plenitud de sus facultades, rechazando su antigua religión (el cristianismo) y aceptando el Islam como su nueva religión.
En el segundo párrafo, hace acto de uno de los pilares fundamentales del Islam, como es la profesión de fe. Reconociendo a Allah como el único dios, y a Mahoma como su profeta. Además se incide en que Allah no tiene copartícipes, es decir, renuncia a la creencia en el misterio trinitario, y reconoce a Jesús como un profeta, tal y como aparece en el Corán, y no como hijo de Dios.
En el tercer párrafo, Fulan ibn Fulan afirma conocer las obligaciones del Islam, como por ejemplo la ablución, que se trata de una purificación antes del rezo, realizada bien con agua o bien con arena, la oración, que consiste en orar cinco veces al día en dirección a La Meca, y los viernes en la mezquita aljama de su ciudad. La limosna, que es una especie de tributo para la comunidad de los creyentes, el ayuno en el mes de Ramadán, que prohibe comer y mantener relaciones sexuales desde el alba hasta el ocaso, y la peregrinación, siempre que se pueda, a La Meca o ciudad santa. Además admite haberse convertido libremente, sin coacciones y sin espera de recompensas.
Por último, los testigos dan fe de la conversión, advirtiendo que el documento notarial podrá utilizarse en contra suya, después de reconocer y obligarse a cumplir el contenido del mismo.
COMENTARIO: Desde el comienzo de la conquista musulmana de la península Ibérica, se llevó a cabo la implantación del Islam, que en gran medida se debió a la conversión de la población autóctona, desde la nobleza hispanogoda, a la mayoría de la población campesina.
Por su origen étnico podemos diferenciar a los árabes, que desde el principio de la conquista ostentaron los principales cargos públicos y ocuparon las mejores tierras. Formaron la jassa, una especie de aristocracia, en la que también participaron algunas familias de origen visigodo como los Banu Qasi de Zaragoza. Fueron los principales beneficiarios de los tributos fiscales y de los botines de guerra. Los bereberes formaban un grupo diferenciado por su origen étnico, provenientes del norte de África, se dedicaron fundamentalmente al pastoreo y al cultivo de tierras y tuvieron en su mayoría una condición humilde.
Por debajo de la jassa, estaba la famnia, integrada por una pequeña burguesía, campesinos ricos y plebe urbana, formada por todos los grupos étnicos.
Por grupos religiosos podemos distinguir a los dimnies, o protegidos, ya que el Corán daba un trato especial a las religiones reveladas como el cristianismo y el judaísmo. Así, los mozárabes (cristianos) y los judíos, gozaban de una situación estable, ya que la dhimnma o protección les garantizaba el derecho a la vida, a la propiedad privada y la libertad de culto. La diferencia con los otros grupos estribaba en una mayor carga fiscal, ya que estaban obligados al pago de impuesto de capitación chizya y un impuesto sobre la propiedad jarach, además estaban sometidos al pago del diezmo a la Iglesia.
Otro grupo lo conformaron los muladíes o conversos, que conformaron la mayoría de la población de la península Ibérica, no conocemos muy bien porqué se produjo una rápida conversión de la población hispanogoda al Islam, pero parece que junto a la atracción que pudieran sentir hacia la nueva religión, existieron otros motivos relacionados con el ascenso social, así como la evasión fiscal, ya que aunque estuvieran sometido al pago de limosna, tributo para todos los musulmanes, se evitaba el pago del jarach, chizya y el diezmo, con una clara ventaja fiscal. Con todo los muladíes siempre estuvieron subordinados a la aristocracia árabe.
CONCLUSIONES: Sobre el texto, debido a su carácter jurídico podemos decir que es objetivo y su autor, en su actuación como notario, da fe de la conversión de Fulan ibn Fulan. El interés histórico de este documento es fundamental para conocer los términos en los que se producía la conversión de la población hispanogoda al Islam. La sencillez del procedimiento de conversión, explicaría la rápida conversión de la población indígena, además de los motivos religiosos, sociales y económicos argumentados anteriormente.
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